El Supremo reconoce el derecho de los funcionarios a doblar el permiso de maternidad en caso de familia monoparental
Los magistrados consideran que impedir acumular los permisos supone una “discriminación” para el recién nacido
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de las familias monoparentales a extender de 16 a 26 semanas el permiso de maternidad, aunque esta decisión solo beneficiará por ahora a los trabajadores públicos porque ha sido adoptada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El criterio aplicado en este caso por los jueces discrepa del que han mantenido hasta ahora los magistrados de la Sala Social, la que se encarga de los asuntos laborales que afectan al resto de trabajadores, que ha rechazado en varias ocasiones equiparar los permisos de maternidad de las familias monoparentales con el de las biparentales al concluir que la ley no lo permite y que debería ser el poder legislativo el que la cambiara para hacerlo posible. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso considera, sin embargo, que, como el Estatuto del Personal Público no recoge este supuesto expresamente, la norma debe interpretarse en beneficio del recién nacido. “Lo que está en juego es la igualdad entre los menores recién nacidos, evitando la aparición de cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento, y por cualquier otra condición o circunstancia personal o social (artículo 14 de la Constitución), según haya nacido en un tipo u otro de familia”, señala la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso y que ha sido adoptada por unanimidad.
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