¿Una cámara vigilando cada rellano? El Supremo dice que es legal si la comunidad de vecinos lo aprueba
El alto tribunal considera que su instalación es una medida proporcionada para proteger la seguridad de los residentes y de sus bienes, pero exige una mayoría reforzada de tres quintos
La comunidad de propietarios puede poner cámaras de seguridad en zonas comunes, incluso en los rellanos de cada planta, aunque quien viva en una de esas puertas esté en contra. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que ha avalado su instalación si la mayoría de los dueños de las viviendas votan a favor y se imponen limitaciones para el acceso a las grabaciones, ya que considera que es una medida proporcionada para la protección de la seguridad de los vecinos y de sus bienes, que compara con el hecho de tener mirillas o un conserje que controle quién accede al edificio.
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