El Constitucional anula parte de la ley catalana que obliga a ofrecer un alquiler social antes de la demanda de desahucio

El tribunal estima parcialmente, con cinco votos particulares, el recurso del PP contra la ley catalana antidesahucios de 2022

Oct 9, 2024 - 20:00
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El Constitucional anula parte de la ley catalana que obliga a ofrecer un alquiler social antes de la demanda de desahucio

El Tribunal Constitucional ha anulado, por siete votos a cinco, parte de la ley catalana de antidesahucios, por estimar que invadía competencias estatales. La norma anulada es la 1/2022, que se aprobó para recuperar otra anterior, la conocida como 24/2015, que protegía a las familias vulnerables en caso de desahucio o de sufrir cortes de suministros, y que fue tumbada previamente. La sentencia dictada ahora implica, por tanto, una estimación parcial del recurso que presentó el grupo parlamentario del PP. Los votos en contra —partidarios de una anulación más amplia— han correspondido a cinco integrantes de la minoría conservadora del tribunal. Entre los preceptos anulados figuran los claves de la ley: el que obligaba a los grandes tenedores como bancos o fondos de inversión a ofrecer una vivienda de alquiler social antes de ejecutar un desahucio a una familia vulnerable, al estimar el tribunal que esa regulación correspondería en todo caso a la legislación estatal. También se anula el precepto que fijaba el derecho de una familia en situación de exclusión a renovar por una vez su contrato de alquiler social. El TC tiene pendientes de resolución otros dos recursos contra la ley 1/2022: de Vox y del Gobierno.

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