El Constitucional concluye que las comunidades sí pueden recurrir la ley de amnistía porque su contenido les afecta
El tribunal admite a trámite la impugnación de Aragón, el primero de los 16 recursos presentados por órganos autonómicos y que habían quedado en suspenso a la espera del informe de los letrados
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso de inconstitucionalidad presentado el pasado septiembre por las Cortes de Aragón contra la ley de amnistía a los encausados del procés independentista catalán. Se trata del primer recurso que asume el tribunal, de los 16 que han interpuesto contra esa ley distintos órganos autonómicos (15 de comunidades gobernadas por el PP y otro de Castilla-La Mancha, del PSOE). Aunque en un primer momento el Constitucional dejó en suspenso esos recursos al dudar sobre la competencia de las autonomías para impugnar la norma —ya que legalmente sólo está previsto que las comunidades puedan recurrir leyes que afecten a sus competencias—, un informe de los letrados del tribunal ha concluido ahora que sí son competentes porque el contenido de la ley de amnistía puede afectarles.
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